Permite que las mercancías que se encuentran en un punto de llegada en la espera de la asignación de un régimen aduanero puedan ser reembarcadas desde el territorio aduanero con destino al exterior, siempre que no se encuentre en situación de abandono.
1. Declaración Aduanera de Mercancías.
2. Documento de transporte de ingreso.
3. Documento de transporte de salida.
4. Factura o documento equivalente, cuando corresponda.
5. Garantía, cuando corresponda.