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  • 2018

ABANDONO EXPRESO Ó VOLUNTARIO
Es el acto mediante el cuál aquel que tiene el derecho de disposición sobre la mercancía, la deja a favor del Estado, ya sea en forma total o parcial, expresando esta voluntad por escrito a la administración aduanera.

ABANDONO DE HECHO Ò TÁCITO
Es el acto mediante el que la administración aduanera declara abandonada en favor del
Estado, las mercancías que permanezcan en almacenamiento bajo control de la aduana, fuera de los plazos establecidos por ley y su reglamento.

A BORDO
Término referido al transporte marítimo, que indica que las mercancías a transportar se encuentran en el buque. Cláusula que se inserta en el conocimiento de embarque para indicar que la carga ha sido recibida en la embarcación y se halla en condiciones de ser transportada.

ACREDITACIÓN
Procedimiento por el cual un organismo con autoridad técnica, reconoce formalmente que un organismo o persona es competente para efectuar certificaciones, de conformidad con normas y requisitos previamente establecidos. Se pueden acreditar laboratorios de ensayo y calibración, auditores de calidad, de medioambiente, etc.

ACUERDO
Convenio, Tratado, Pacto o cualquier otro acto vinculante por el cual dos o más países se comprometen a acatar condiciones específicas en su intercambio comercial, lo cual incluye de ordinario concesiones mutuas, aunque no siempre de carácter recíproco, pues suelen contemplarse tratamiento diferenciados en función a las asimetrías existentes entre los participantes.

ACUERDO BILATERAL
Pacto celebrado entre dos países con propósitos definidos, como ser: intercambiar preferencialmente productos, concederse  ventajas recíprocas; limitar las mismas  posibilidades a terceros países, que no participan del Acuerdo; etc.

ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL
Se refiere a los acuerdos comerciales que no abarcan a la totalidad del universo arancelario ni a todas las normas y disciplinas comerciales. Por lo general, está referido a un número de países que no hacen a la totalidad de una agrupación comercial determinada.
El concepto se ha aplicado tradicionalmente a los acuerdo comerciales en el marco de la ALADI, donde este mecanismo ha sido el más utilizado para liberalizar el comercio entre los países miembros, privilegiándose así la bilateralidad. Un AAP puede tener la característica de ser enfocado hacia aspectos tales como: desgravación comercial, complementación económica; comercio agropecuario; promoción del comercio; promoción del turismo; cooperación científica y tecnológica; preservación del medio ambiente entre otros.

ACUERDO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
Se entiende como el compromiso asumido por dos o más países, para participar en el proceso de eliminación de las restricciones de la movilidad de las mercancías, capitales y personas, de la armonización de políticas económicas y de la adopción de una moneda única.

ACUERDO DE LIBRE COMERCIO
Implica la eliminación de las barreras comerciales (arancelarias y no arancelarias) entre los países participantes , permitiendo el libre intercambio del total de las mercancías comprendidas en el universo arancelario. En determinados casos, puede abarcar también el ámbito de servicios.
El espacio constituido a partir de este tipo de Acuerdos se denomina Zona de Libre Comercio o “mercado ampliado”, haciendo referencia a un estado mayor de integración al de un área de preferencias arancelarias.

ACUERDO MULTILATERAL
Acuerdo celebrado entre más de dos países, generalmente muchos países agrupados en un cuerpo muy representativo que hace a la mayor parte del total, con propósitos que pueden ser los mismos que los enunciados en los acuerdos de carácter bilateral. Suele diferenciarse de un acuerdo plurilateral, por abarcar en su seno al total del conjunto de las partes.

ACUERDO PREFERENCIAL
Convenio entre países por el que las partes firmantes se conceden mutuamente condiciones favorables en materia comercial, aduanera, financiera o cualquier otra rama de la actividad productiva.

ADMINISTRACIÓN ADUANERA
Es la unidad administrativa, desconcentrada de la Aduana Nacional.

ADMISIÓN DE MERCANCÍAS CON EXONERACIÓN DE LOS TRIBUTOS ADUANEROS
Es la importación de mercancías para el consumo, con exención del pago de los tributos aduaneros independientemente de su normal clasificación arancelaria, o del importe de los tributos que las gravan normalmente, con tal que se importen en determinadas condiciones y con una finalidad específica.

ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO
Régimen aduanero que permite recibir ciertas mercancías, dentro del territorio aduanero nacional, con suspensión del pago de los tributos aduaneros, destinadas a ser reexportadas en un período de tiempo determinado, luego de haber sido sometidas a una transformación, elaboración o reparación.

ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
Régimen aduanero que permite recibir en el territorio aduanero nacional, con suspensión del pago de tributos aduaneros de importación, ciertas mercancías con un fin destinadas a su reexportación en un plazo determinado, sin que hubieran sufrido modificación alguna, excepto su depreciación normal de las mercancías, como consecuencia del uso que se hubiera hecho de las mismas.

ADUANA
Término genérico, usado para designar al servicio gubernamental que es específicamente responsable de administrar la legislación relacionada con la importación y exportación de mercancías para el cobro de los gravámenes por concepto de derechos e impuestos. El término se usa también para referirse a cualquier parte del Servicio de Aduanas o a sus oficinas principales.

ADUANA DE DESTINO
Oficina donde termina una operación de tránsito aduanero, en el país destinatario de la mercadería.

ADUANA DE ENTRADA
Lugar de un territorio aduanero por el que se despachan las mercancías a ser importadas.
A la entrada en estas áreas, casi todos los productos quedan sujetos al pago de los correspondientes derechos de partida.

ADUANAS DE FRONTERA 
Cumplen el control del comercio exterior, tanto en importación como en exportación de mercancías, en las fronteras del territorio nacional, en las principales vías de comunicación del país con el exterior y en aquellos lugares que se consideren estratégicos.

ADUANA DE PARTIDA
Oficina donde comienza una operación de tránsito aduanero, en el país de procedencia de la mercadería.

ADUANA DE PASO
Toda oficina aduanera que no siendo ni la aduana de partida ni la aduana de destino, interviene en el control de una operación de tránsito aduanero. 

ADUANA DE SALIDA
Lugar ubicado en territorio aduanero por el que se despachan las mercancías a ser exportadas.

ADUANAS INTERIOR CON DEPÓSITO ADUANERO
Están ubicadas en lugares en el interior del territorio nacional, facultadas para controlar el ingreso y salida de mercancías, permitiendo en importaciones y exportación de mercancías la aplicación de distintos regímenes aduaneros.

ADUANAS INTERIORES DE ZONAS FRANCAS
Son las que están ubicadas en proximidades de las zonas francas, cuya función es de realizar el control y fiscalización de las operaciones de comercio exterior, así como de las labores desarrolladas por los concesionarios de zonas francas.

ADUANA NACIONAL
Organismo encargado de aplicar la legislación aduanera, relativa a la importación y exportación de mercancías y a los otros regímenes aduaneros, de percibir y hacer percibir los tributos aduaneros que les sean aplicables y de cumplir las demás funciones que se le encomienden.

AFORO
Operación que consiste en una o varias de las siguientes actuaciones: reconocimiento de mercancías; verificación de su naturaleza y valor; establecimiento de su peso, cuenta o medida; clasificación en la nomenclatura arancelaria y determinación de los tributos que les sean aplicables.

ANÁLISIS
Examen cualitativo y/o cuantitativo de las mercancías, practicado por un laboratorio de la aduana autorizado por ésta, cuando así lo requiera su correcta clasificación arancelaria o su valoración.

APODERADO
Es la persona que actúa en nombre y representación de su mandante en la realización de los encargos que este le encomienda.

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA
Acciones de una autoridad de Aduana en nombre de o en colaboración con otra autoridad de Aduana que permite la aplicación correcta de las leyes aduaneras, sea impidiendo, investigando o reprimiendo los ilícitos aduaneros.

AGENCIA DESPACHANTE DE ADUANA
Es la persona jurídica, constituida como sociedad, autorizada por autoridad oficial competente, para realizar despachos aduaneros y otros trámites inherentes a los mismos, por cuenta y mandato de terceros, a través de un despachante de aduana.

ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO
Locales públicos debidamente autorizados para el depósito de mercancías, en los que contra el pago de una cuota determinada, la empresa responsable se compromete a su custodia, entregando al depositante unos resguardos representativos de aquellas, llamados “warrants”. Mediante tales documentos se pueden vender o pignorar bienes, sin necesidad de retirarlos materialmente del almacén.

ARANCEL
Derecho, tarifa aduanera o impuesto de importación que se aplica a los bienes que se internan a territorio aduanero, siendo originarios y procedentes del exterior del país.

ARANCEL DE ADUANAS
Cuerpo legal que comprende las tarifas que gravan las mercancías en la importación, esto es, los derechos exigibles a la entrada de productos extranjeros.
En la actualidad, la integración de muchos países en asociaciones y uniones aduaneras ha ocasionado que se vayan reduciendo progresivamente los niveles arancelarios.

ARBITRAJE
Proceso mediante el cual comprador y vendedor pueden arreglar sus diferencias sin recurrir a los tribunales de justicia. Acuerdo por el cual se delega en una tercera instancia, designada de común acuerdo, la solución de diferencias comerciales. Con  ese fin, las partes acceden de antemano a acatar la decisión de dicha instancia sobre el asunto en disputa.

ABARLOAMIENTO
Operación de amarrar una nave a otra que se encuentra atracada a muelle o fondeada en el área de operaciones acuática del Terminal.

ACTIVIDAD PORTUARIA
Construcción, conservación, desarrollo, uso, aprovechamiento, explotación, operación, administración de los puertos, terminales e instalaciones portuarias en general, incluyendo las actividades necesarias para el acceso a los mismos, en las áreas marítimas, fluviales y lacustres.

ADMINISTRADOR PORTUARIO
Persona jurídica constituida o domiciliada en el país, que administra un puerto o terminal portuario. El Administrador Portuario puede ser público o privado.

AGENTE MARÍTIMO, FLUVIAL O LACUSTRE
Persona jurídica que actúa en representación de la empresa naviera o Armador, en las operaciones de las naves en los Terminales Portuarios

ALMACENAMIENTO
Es el servicio que se presta a la carga que permanece en los lugares de depósito determinados por la empresa.

ALMACENES ADUANEROS
Locales abiertos o cerrados destinados a la colocación temporal de las mercancías en tanto se solicite su despacho.

AMARRADERO
Espacio físico designado para el amarre de naves.

AMARRE Y DESAMARRE
Servicio que se presta a las naves en el amarradero para recibir y asegurar las amarras, cambiarlas de un punto de amarre a otro y largarlas.

APILAR
Colocar en forma ordenada la carga una sobre otra en las áreas de almacenamiento.

ÁREA DE OPERACIONES ACUÁTICA
Espacio acuático comprendido entre los muelles de Terminales con facilidades de atraque directo y los rompeolas artificiales, o entre dichos muelles y la línea demarcatoria fijada mediante balizas u otros puntos de señalización o el espacio necesario para el amarre y desamarre a boyas.

ÁREA DE DESARROLLO PORTUARIO
Espacios terrestres, marítimos, lacustres y fluviales calificados por la Autoridad Portuaria aptos para ser usados en la construcción, ampliación de puertos o terminales portuarios, o que, por razones de orden logístico, comercial, urbanísticos o de otra naturaleza se destinan como tales.

ÁREAS DE ATRAQUE Y PERMANENCIA DE LAS NAVES
Es la franja marítima de 500 metros que circundan una instalación portuaria a la mar abierta, de penetración o el dársena.

ARMADOR
Persona física o jurídica propietaria del buque, o la que, sin serlo, lo tiene en fletamento.
En cualquiera de los casos, es el que acondiciona el buque para su explotación, obteniendo rendimiento del flete de las mercancías o transporte de pasajeros.

ARQUEO BRUTO
Es la expresión del volumen total de una nave, determinada de acuerdo con las disposiciones internacionales y nacionales vigentes.

ARRUMAJE
Colocación transitoria de la mercancía en áreas cercanas a la nave.

ATRAQUE
Operación de conducir la nave desde el fondeadero oficial del puerto y atracarla al muelle o amarradero designado.

AVAL
Persona natural o jurídica que, por medio de la firma que se consigna en un documento de crédito, responde por el pago en el caso que no lo efectúe la persona comprometida para ello. Usase en las transacciones bancarias y en compras a crédito.

AVISO DE CONFORMIDAD
Documento que es emitido por las empresas contratadas especialmente por los

Gobiernos de varios países para la fiscalización de su comercio exterior, las cuales otorgan su visto bueno al momento de la importación o exportación de mercancías, una vez verificados: precio, cantidad y calidad de los productos
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